martes, 17 de octubre de 2017

COMPRA DE VIVIENDA. LA VIVIENDA QUE NOS PODEMOS PERMITIR

El mercado inmobiliario se anima, eso dicen todas las fuentes especializadas del sector. La baja remuneración que ofrecen las inversiones más tradicionales como bono o letras, redirigen a los inversores, una vez más, hacia el mercado inmobiliario. Aunque la vivienda es un bien de primera necesidad, este mercado no está lo suficientemente protegido (o la protección que hay es contraproducente) para que no se produzca la especulación.




La mayoría coincide en la que recuperación no es uniforme en todo el territorio, siendo unas cuantas ciudades y áreas las que más destacan. Madrid, Barcelona, Baleares y Costa del Sol son algunos de estos mercados al alza en cuestión de compra de vivienda.



Calle Gran Vía de Madrid
Calle Gran Vía de Madrid

Respecto a la compra de vivienda se extraen unos párrafos de "El Capital" de Karl Marx, aplicables al mercado inmobiliario actual en España.

 “El que tiene necesidad de una casa nueva, busca una de las que ya están construidas o están todavía en curso de ejecución, por especulación. El promotor ya no trabaja para el cliente, sino para el mercado; precisamente como cualquier otro industrial, está obligado a tener en el mercado una cierta mercancía. (….)

Los fondos se consiguen contrayendo hipotecas y el dinero se va poniendo a disposición del promotor en la medida en la que avanza la construcción de cada una de las casas. Si sobreviene una crisis que trae consigo una interrupción en el pago de los plazos por anticipado, toda la empresa suele naufragar; en el mejor de los caso, las casas quedan inacabadas hasta tiempos mejores, en el peor, se ponen a pública subasta a mitad de precio”. (Karl Marx “El Capital”1.867)

 

LA COMPRA DE VIVIENDA PROTEGIDA

La vivienda protegida también ha sido afectada por la crisis reciente y, en ocasiones, se ha llegado a dar la paradoja de que su precio limitado estaba por encima del de vivienda libre. También se pasó de una gran demanda de estas, muy por encima de su oferta, a la situación de quedar unidades sin adjudicar.

Ya en la obra El Manantial de Ayn Rand se hablaba de la vivienda promovida por el estado y con destino a las clases desfavorecidas con difícil acceso a ella. Este párrafo es muy elocuente respecto a la negativa consideración que la autora, quien procedía del régimen comunista de Rusia, tenía sobre el desigual reparto de las cargas y beneficios mediante la intervención del estado en la actividad inmobiliaria.

El manantial (The fountainhead)

“¿Qué arquitecto no está interesado en proyectos habitacionales?”. Odio esa maldita idea. Creo que es una valiosa empresa proveer de una vivienda decente a alguien que gana quince dólares por semana. Pero no si es a expensas de otros. No si eso aumenta los impuestos, si aumenta todos los demás alquileres y el que gana cuarenta dólares está condenado a vivir en una ratonera. Eso es lo que está ocurriendo en Nueva York. Nadie puede permitirse un hogar moderno a excepción de los muy ricos o los más indigentes. ¿Has visto los viejos edificios recuperados en los que tienen que residir la mayoría de los matrimonio promedio que viven del fruto de su trabajo? ¿Has visto sus minúsculas cocinas y sus cañerías? Están forzados a vivir así porque no son los suficientemente incompetentes. Ganan cuarenta dólares por semana y no se les permitiría vivir en una casa barata, pero son los que aportan el dinero para el maldito proyecto. Ellos pagan los impuestos. Y los impuestos elevan su propio alquiler. Y tienen que mudarse de una vieja casa de piedra recuperada a una sin remodelar y de ahí a un vagón de tren. No deseo castigar a un hombre sólo porque gana quince dólares por semana. Pero que me condenen si comprendo por qué un hombre que gana cuarenta debe ser castigado a favor de uno menos competente. Seguramente habrá una gran cantidad de teorías sobre ese tema y sus correspondientes volúmenes. Pero mira los resultados. Todos los arquitectos están a favor de las viviendas estatales. ¿Has visto a algún arquitecto que no esté gritando a favor de la planificación urbana? Me gustaría preguntarle cómo puede estar seguro de que el plan adoptado será el suyo. Si lo es, ¿qué derecho tiene a imponerlo a los demás? Y si no lo es, ¿qué les sucede a su trabajo? Supongo que dirá que no quiere ninguno de los dos casos. Quiere un consejo, una conferencia, cooperación y colaboración, y el resultado será La Marcha de los Siglos. Cada uno de ustedes, en ese equipo, hizo mejores trabajos separadamente, que lo que hicieron los ocho juntos de forma colectiva. Alguna vez pregúntate la razón.
Howard Roark

MECANISMOS URBANÍSTICOS DE LOS DESARROLLOS RESIDENCIALES EN ESPAÑA


El modo en que se planifica en España la vivienda protegida es resumidamente el siguiente: en un terreno nuevo que se va a a urbanizar dentro de la ciudad, se hace un reparto de superficies de forma que se provisione la suficiente para todos los usos. Se destinan x metros cuadrados a uso comercial, educativo, equipamiento municipal (polideportivos, centros culturales y otros servicios del ayuntamiento), sanitario, terciario, etc. Todo lo anterior en proporción respecto a los usos principales que pueden ser industrial, residencial, mixto o el que sea.

En un desarrollo que sea fundamentalmente residencial el suelo destinado a  vivienda libre siempre será el más valioso y, de alguna forma, el que va a subvencionar el suelo de la vivienda protegida. Existe una creencia errónea acerca de que el estado subvenciona la vivienda protegida y es cierto que se le aplican algunas ventajas como imposición reducida, créditos blandos, además de adjudicarse según la renta “declarada”. El entrecomillado de la palabra declarada se refiere a que no existen unos mecanismos lo suficientemente eficaces que impidan el fraude y la especulación con la vivienda protegida.

Si el reparto de cargas y beneficios debe de ser proporcionado entre los propietarios del suelo de un desarrollo urbanístico, quiere decir que a quien se le adjudica el suelo menos valioso, como puede ser el de vivienda protegida o equipamiento, será compensado de alguna forma por el adjudicatario del suelo de vivienda libre, el más valioso. Es decir, al final de la cadena el comprador de la vivienda libre, quien por alguna razón no puede acceder a la protegida y no siempre por exceso de ingresos, debe subvencionar al comprador de la vivienda protegida. El mecanismo para que esto se produzca es al  pagar por el suelo de su vivienda mucho más, pudiendo llegar al 50% del importe total, que el comprador de la vivienda protegida, quien paga muy poco o nada por el suyo.

Alguien que optó por compra de vivienda protegida, puede en muchos casos, esperar los 10 años necesarios para que su vivienda quede desprotegida y así venderla a precio de mercado, aún cuando la compró a un precio mucho menor. Quedando de este modo en una situación equiparable al propietario que compró libre por el doble de precio, quien debió hacer un gran esfuerzo para afrontar el desembolso, así se produce la subvención de un particular hacia otro particular. Algo que es muy similar a lo que describía Ayn Rand en su novela.

 

LOS MÓDULOS DE LA VIVIENDA PROTEGIDA


Por ejemplo, en la comunidad de Madrid se diferencian cuatro zonas, A, B, C y D, a las que se les asigna unos módulos que se refieren al precio por metro cuadrado. Los diferentes municipios de la provincia pertenecen por entero a una zona. La capital, Madrid, pertenece a la zona A, la de más valor. A la zona A se le suman otros municipios del norte y oeste a menos de 20 km de Madrid.
El segundo y tercer anillo corresponden a las zonas B y C, el resto a la D, con los menores valores asignados. La normativa vigente en la que se especifica todo esto es la siguiente. Cada vivienda protegida cuenta con su cédula de calificación en la que se detalla el periodo de protección (diferente según el plana al que pertenezca) y valores máximos de venta y alquiler.

http://www.notariado.org/liferay/web/cien/estadisticas-principales/inmuebles/relacion-vivienda-libre-vs-vpo





A medida que se vuelve a activar el mercado inmobiliario, una vez pasada la crisis, entre los años 2008 y 2013, se va incrementando la distancia entre el precio de vivienda protegida y libre.
Si en 2016 la relación en la comunidad de Madrid era 1.890,50 y 1436,35 €/m2 para Vivienda libre y protegida respectivamente; durante 2017 hemos pasado a 1.957,29 y 1.478,33 €/m2. Suponiendo una diferencia de poco más del 30% entre unos y otros.



COMUNIDAD DE MADRID. ORDEN116/2008, DE 1 DE ABRIL



www.renfe.com/viajeros/cercanias/madrid/
Ferrocarril de cercanías de Madrid
Orden 116/2008, de 1 de abril, de la Consejería de Vivienda, por la que se  adecuan  y  adaptan  los  precios  máximos  de  venta  y  arrendamiento  de  las  viviendas  con  protección  pública  a  lo  dispuesto  en  el  Real  Decreto  801/2005, de 1 de julio, y su modificación por Real Decreto 14/2008, de 11  de enero.

Artículo  1.  Zonificación  del  ámbito  territorial  de  la  Comunidad  de  Madrid  a  efectos  de  determinación de los precios máximos de venta de l as viviendas protegidas
A efectos de determinar el precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil de las viviendas  protegidas   se   consideran   las   zonas   declaradas   ámbitos   territoriales   de   precio   máximo   superior,  comprensivas de los municipios que se enumeran en cada caso:
Zona A: Integrada por los municipios de precio máximo superior del grupo A. Alcobendas,  Las  Rozas  de  Madrid,  Madrid,  Majadahonda,  Pozuelo  de  Alarcón  y  San  Sebastián  de  los  Reyes.

Zona B: Integrada por los municipios de precio m áximo superior del grupo B.
Ajalvir, Alcalá de Henares, Alcorcón, Algete, Aranjuez, Arganda del Rey, Arroyomolinos, Boadilla del Monte,  Brunete,  Ciempozuelos,  Cobeña,  Collado  Villalba,  Colmenarejo,  Colmenar  Viejo,  Coslada,  El  Escorial,  Fuenlabrada,  Fuente  el  Saz  de  Jarama,  Galapagar,  Getafe,  Humanes  de  Madrid,  Leganés,  Mejorada  del  Campo,  Moraleja  de  Enmedio,  Móstoles,  Navalcarnero,  Paracuellos  de  Jarama,  Parla,  Pinto,  Rivas - Vaciamadrid,  San  Fernando  de  Henares,  San  Lorenzo  de  El  Escorial,  San  Martín  de  la  Vega,  Torrejón  de  Ardoz, Torrelodones, Tres Cantos, Valdemoro, Velilla de San Antonio, Villanueva de la Cañada, Villanueva  del Pardillo y Villaviciosa de Odón.

Zona C: Integrada por los municipios de precio máximo superior del grupo C. Alpedrete,  Camarma  d e  Esteruelas,  Collado  Mediano,  Daganzo,  El  Molar,  Griñón,  Hoyo  de  Manzanares,  Loeches, Meco, Moralzarzal, San Agustín de Guadalix, Torrejón de la Calzada y Valdetorres de Jarama.

Zona D: Integrada por el resto de municipios de la Comunidad de la Madrid.

Artículo 2. Precios máximos de las viviendas sujetas a regímenes de protección pública

1. Los  precios  máximos  por  metro  cuadrado  de  superficie  útil  de  las  viviendas  sujetas  a  regímenes  de protección  pública  de  la  Comunidad  de  Madrid, tanto  para  venta  como  para  arrendamiento,  se determinarán  multiplicando  el  precio  básico  nacional  (758  euros  por  metro  cuadrado  útil),  por  el coeficiente autonómico (1,60) y, en su caso, por el coeficiente de municipio o ámbito territorial de precio máximo  superior  (1,60  para  la Zona  A,  1,30  para  la  Zona  B  y  1,15  para  la  Zona  C),  tal  y  como  se establecen en el Real Decreto 14/2008, dando lugar a un precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil para cada zona geográfica.

Cuadro de módulos/precios máximo de venta (euros/m2 útil) para tasación de viviendas con protección, de promoción privada, en la Comunidad de Madrid, vigentes a partir del día 4 de abril de 2008.
Precio máximo venta (m2 útil)
Zona A
Zona B
Zona C
Zona D
VPO Régimen general, VPP y VPPB.VIVIENDA
1.940,48
1.576,64
1.394,72
1.212,80
VPO Régimen especial. VIVIENDA
1.819,20
1.478,10
1.307,55
1.137,00
La primera plaza de garaje vinculada tiene un precio máximo de venta del 50% del piso, la segunda plaza de garaje vinculada tiene un precio máximo de venta del 40% del piso.
Zona D: Resto de municipios.
La renta anual máxima inicial en las viviendas de nueva construcción con protección pública en régimen de arrendamiento será el resultado de aplicar a los precios máximos los siguientes porcentajes:

a) El 5,5 por 100 en el caso de arrendamiento con vinculación a diez años.

b) El 4 por 100 en el caso de arrendamiento con vinculación a veinticinco años.

LOS PRIMEROS PASOS ANTES DE COMPRAR UNA CASA

Lo primero, es obvio, tomar la decisión de comprar una vivienda que puede ser para vivir, como inversión o forma de ahorro, lo cual ha sido y es muy habitual en España.
Puesto que se trata de una decisión importante, ya que va a afectar a nuestra economía y a nuestra vida en general, no se debe tomar la decisión sin un análisis más o menos profundo de las implicaciones. Deberíamos sopesar los pros y los contras e incluso considerar diferentes escenarios posibles. A buenas horas, estarán pensando las víctimas de la burbuja inmobiliaria y por qué víctimas, porque se dejaron llevar por la euforia general o no. Simplemente necesitaban una casa y la compraron al precio que se podía encontrar en el mercado.
De hecho, mucha gente que se decidió a comprar lo hizo partiendo de la hipótesis de “la vivienda siempre sube”, validada por la historia reciente del mercado inmobiliario. Es decir, si me va mal y no puedo terminar de pagar la vivienda, siempre se podría vender recuperando el dinero invertido. En definitiva este era el plan B de la gran mayoría de la gente, pero nadie se planteaba el escenario de una bajada de precios, ya que se consideraba imposible o, en todo caso, nada permanente.
Bueno, pues en lo comentado anteriormente ya hemos tocado algunos puntos que debemos estudiar antes de tomar nuestra decisión. El plan B es un aspecto importante que habría que considerar, si la financiación en la mayoría de los casos, procede de un préstamo hipotecario, el cual amortizaremos en un largo periodo de tiempo, durante la vida del préstamo nos pueden acontecer todo tipo de circunstancias. La pérdida de empleo, el traslado forzoso, cambios en nuestras necesidades de viviendas, subida de los tipos de interés e incluso sucesos catastróficos que hagan inutilizable la vivienda (algo menso probable).
Suponiendo que contamos con ahorros suficientes, 20% del coste de la vivienda, si la hipoteca concedida es del 80% del valor de tasación, más 10% en concepto de gastos (8% de IVA, notario, registrador, seguros, IAJD…). Para una vivienda de 250.000 deberíamos contar con 75.000€ o, al menos, con 50.000

 

¿Y SI HACEMOS UN ESTUDIO DE MERCADO?

https://www.sareb.es/es_ES/inmuebles
Mapa de inmuebles en venta de SAREB
Pues no es mala idea, pero no hay que olvidarse de aquello de comparar las peras con las pera y las manzanas con la manzanas. ¿Cómo se traduce esto en el mercado inmobiliario? Inmuebles de similar tamaño, calidad, acabados, situación y con unas prestaciones similares, además de descontar del precio los anexos que no van incluido en todas las muestras.
Un ejemplo podría ser una comparativa entre:
Pisos de 3 habitaciones con uno o dos baños
Ø       Con altura de planta 2ª o más
Ø       Ubicación en el barrio de Sanchinarro, por ejemplo
Ø       Con garaje o posibilidad de comprarlo aparte
Ø       Jardín y zonas comunes (piscina no imprescindible)


https://www.fotocasa.es/es/comprar/pisos/madrid-capital/sanchinarro/
Resultados en el portal de Fotocasa.es



La página de esta plataforma inmobiliaria anuncia 11 resultados; se descartan los anuncios que se salen de la media muy por encima con más de 700.000€  (de 4 habitaciones y bajos con jardín) o los resultados que se salen de la media por lo bajo y tampoco se consideran. Así los inmuebles que restan están entre los 408.00 el más barato y 460.000€ el más cosotoso de los de 3 dormitorios.

En el mapa de arriba se cuentan 11 inmuebles, aunque uno fuera del barrio que estamos considerando. El caso es que la horquilla de precios que me aparece en este portal inmobiliario concreto es esa, entre 408.000€ y 460.000€ (alguno de 4 dormitorios). Ahora toca valorar los extras de cada uno, tales como plaza de garaje incluida (podrían ser 2), trastero, piscina, acabados, zonas comunes, cercanía a los distintos servicios del barrio, etc.

Uno mismo se puede hacer una comparativa mediante una sencilla tabla de excel, valorando los metros cuadrados útiles, preferiblemente, y todos los aspectos como conservación, sistemas de climatización, gastos de comunidad, servicios disponibles y todo lo que sea determinante para nuestra decisión final.


Comparativa de diferentes ofertas de pisos en Sanchinarro
   Comparativa de diferentes ofertas de pisos en Sanchinarro

Es muy importante que los inmuebles que comparemos tengan características similares para que el precio por metro cuadrado incluya algo parecido. Por ejemplo, si hay zona verde y piscina o si el inmueble dispone de aparcamiento. En el caso de que la plaza de garaje no esté incluida cabría la posibilidad de negociar la compra o alquiler a otro propietario si el edificio dispusiese de garaje privado.


  https://www.fotocasa.es/es/comprar/pisos/madrid-capital/sanchinarro/l?latitude=40.4096&longitude=-3.68624&minRooms=3&minBathrooms=1&featureIds=13;26;5;7;16&conservationStatusIds=2&combinedLocationIds=724,14,28,173,0,28079,0,678,91

Resultados para Sanchinarro en el portal de Fotocasa.es



martes, 18 de julio de 2017

Documental la escala humana

Muy interesante documental sobre el urbanismo moderno en todo el mundo. El presente, pasado y futuro de las ciudades.

Visto en veredes.com Si durante muchos años las ciudades han sido vistas únicamente como un entorno destinado a favorecer el crecimiento de proyectos y empresas, y consecuentemente se han diseñado para priorizar el uso del automóvil, en los últimos tiempos nuevas voces han venido reclamando lo que para la ciudadanía comenzaba a ser ya una necesidad, el contar con ciudades diseñadas, ideadas e implementadas para facilitar las relaciones de las personas. http://veredes.es/blog/documental-la-escala-humana



Precisamente, bajo esta premisa, en el documental La escala humana, emitido en Documentos TV, se reivindica una nueva tendencia en el diseño urbanístico occidental, que consiste en apostar por ciudades enfocadas en favorecer las relaciones y cubrir las necesidades actuales de las personas.



lunes, 17 de julio de 2017

La Confusión de los metros construidos y útiles



Cualquier persona que tiene intención de comprar o vender un inmueble va a tener que manejar los conceptos de metros construidos, útiles y comunes.


Plano de locales con indicación de superficies
Plano de locales con indicación de superficies


“Este vasto universo que os maravilla es la casa del pobre, es la casa del rico que ha sido expoliado; tiene la bóveda celeste como cúpula… Ved todo lo que la naturaleza ha hecho por el pobre. El rey, los emperadores, los propios dioses ¿tienen quizá palacios más grandes?”. (Claude-Nicolas Ledoux. 1.804)

 

Los metros construidos están muy claros en una vivienda unifamiliar; son todos los que ocupa la edificación. Sin embargo, para el caso de bloques residenciales, con una comunidad de propietarios y división horizontal ya no queda tan claro cuales son los metros construidos.

 

Cuando el inmueble pertenece a un edificio con más propietarios, a cada uno de los inmuebles se les asigna una parte de los espacios de uso comunitario. Por ejemplo las escaleras, el portal o los pasillos de distribución hacia cada espacio privativo. Esto tiene efecto al calcular la cuota de participación en la comunidad de propiedad horizontal y también figura en la descripción catastral que sirve de base al Impuesto de Bienes Inmuebles.



LOS METROS CONSTRUIDOS CON COMUNES ASIGNADOS



Para el catastro, el registro mercantil o las valoraciones con la finalidad de garantía hipotecaria los metros construidos son la suma de los privativos, más los comunes asignados y los de los anejos inseparables (pueden ser trasteros y plazas de garaje, pero si se trata de vivienda libre no tienen por qué ser anejos).


De hecho, en las escrituras de propiedad y, en consecuencia, en las inscripciones del Registro de la Propiedad también los metros cuadrados que figuran incluyen esta parte de metros comunes que se atribuyen a nuestro inmueble.


 Asimismo, cuando se publicita un inmueble que está en venta lo habitual es que figuren los metros cuadrados construidos, siendo estos la suma de los del inmueble propiamente dicho, más los comunes que le corresponden. El reparto se hace de manera que el 100% de la superficie construida este asignada a los propietarios y las zonas comunes, que son de uso de todos los propietarios también forman parte de la propiedad de cada inmueble individual repartidos con un criterio concreto que se especifica en los estatutos.


  Referido lo anterior se llega a la conclusión que para comparar dos inmuebles por su tamaño es más exacto considerar los metros útiles, aunque pocas veces se dispone de ese dato en la publicidad de los inmuebles. 




Plano de venta de inmueble con las superficies
Plano de venta de inmueble con las superficies
 

En el Real Decreto515/1989, de 21 de abril, sobre protección de los consumidores en cuanto a la información a suministrar en la compra-venta y arrendamiento de viviendas, se indican toda la información referida a los inmuebles que es obligado poner a disposición de los compradores.
Ø     Descripción de la vivienda con expresión de su superficie útil, y descripción general del edificio en el que se encuentra, de las zonas comunes y de los servicios accesorios.

 

COMO SE CALCULAN LOS METROS CONSTRUIDOS


El dato de los metros construidos de un inmueble, sin incluir metros asignados de zonas comunes, es sencillo de obtener midiendo en el plano. Se calcula la superficie que encierran los elementos de separación entre nuestro inmueble y las zonas comunes e inmuebles limítrofes. Por ejemplo, cuando consideramos un tabique de separación con otra vivienda distinta se medirá desde el eje, pero si es un tabique que separa la vivienda  de las zonas comunes, se sumara todo el área ocupada por este.

 
Plano con las mediciones del inmueble real

Plano con las mediciones del inmueble real



Las terrazas que estén cerradas en tres de sus lados se computan al 100% y las que demás con el 50%. Las superficies con menos de metro y medio de altura libre no suman en la superficie construida para el caso de vivienda.


El problema sin embargo surge cuando se quiere conocer cuales son los metros de zonas comunes que se atribuyen a mi inmueble. La única forma de saberlo con seguridad es a través de la escritura pública, que debería coincidir con lo que figura en el Registro Mercantil, aunque no siempre sea así. También el reparto se debe reflejar en los estatutos de la Comunidad de Propietarios, que es de donde suele tomar el dato la Dirección del Catastro, puesto que en cada ficha catastral se especifica el reparto entre metros privativos y comunes.
La razón de que no se pueda conocer el coeficiente de participación sin obtener el dato de estas fuentes es que existen diversos métodos, decidiendose por uno de ellos en el momento que de la división horizontal de la propiedad. Incluso se pueden modificar las cuotas de participación por acuerdo de la mayoría de propietarios. Según la jurisprudencia no se puede defender que ningún método tenga más validez que otro, ya que, a día de hoy, todos son igualmente aceptados.

En todo caso, cada método se debe aplicar correctamente, lo cual no siempre ocurre, por lo que se podría comprobar que se aplica correctamente, para lo cual hace falta saber la superficie total, las de cada propiedad considerada individualmente y las superficies comunes totales.
Métodos:
  • A partes iguales entre todos los propietarios.
  • Coeficiente de participación proporcional al tamaño de cada inmueble y al total del edificio. Sería un porcentaje proporcional a los metros útiles en relación con los metros totales.
  • Los criterios quedan reflejados en los estatutos de la comunidad de bienes y especifican el modo en que se consideran otros aspectos diferentes de las superficie útil, como son la situación (altura y orientación) y el uso estimado de elementos comunes.
*Referencia normativa

Artículo 3 de la Ley de Propiedad Horizontal

CAPÍTULO II. Del régimen de la propiedad por pisos

Artículo tercero.

En el régimen de propiedad establecido en el artículo trescientos noventa y seis del Código Civil corresponde al dueño de cada piso o local:

a) El derecho singular y exclusivo de propiedad sobre un espacio suficientemente delimitado y susceptible de aprovechamiento independiente, con los elementos arquitectónicos e instalaciones de todas clases, aparentes o no, que estén comprendidos dentro de sus límites y sirvan exclusivamente al propietario, así como el de los anejos que expresamente hayan sido señalados en el título aunque se hallen situados fuera del espacio delimitado.

b) La copropiedad, con los demás dueños de pisos o locales, de los restantes elementos, pertenencias y servicios comunes.

A cada piso o local se atribuirá una cuota de participación con relación al total del valor del inmueble y referida a centésimas del mismo.

Dicha cuota servirá de módulo para determinar la participación en las cargas y beneficios por razón de la comunidad.(…)

Artículo quinto.

(…) En el mismo título se fijará la cuota de participación que corresponde a cada piso o local, determinada por el propietario único del edificio al iniciar su venta por pisos, por acuerdo de todos los propietarios existentes, por laudo o por resolución judicial. Para su fijación se tomará como base la superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble, su emplazamiento interior o exterior, su situación y el uso que se presuma racionalmente que va a efectuarse de los servicios o elementos comunes.


Plano de local comercial con superficie construida y útil
Plano de local comercial con superficie construida y útil

 
Cambios en el Artículo 3 de la Ley de Propiedad Horizontal: Propiedad, Copropiedad y Cuotas de Participación
La Ley 8/2013 de 26 de Junio de 2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Disposición final primera. Modificación de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal.
Se modifican los artículos 2, 3, 9, 10 y 17 y la disposición adicional de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal.


Tabla de medidas y superficies útiles de una vivienda





















 

COMO SE CALCULAN LOS METROS ÚTILES


La forma de medir los metros útiles de un inmueble es sobre un plano o bien hacerlo in situ, lo segundo es más laborioso, pero nos proporciona más fiabilidad, ya que en muchas ocasiones los planos no son exactos o contienen errores. Se deben sumar los espacios de los armarios y cualquier superficie que se pueda pisar.

Consideramos los metros útiles aquellos que están libres de elementos constructivos fijos, como tabiques, pilares o conductos de instalaciones.

Es decir toda la superficie libre de suelo y limitada por los cerramientos.


COMO SABER LOS METROS CONSTRUIDOS, ÚTILES O COMUNES


Es evidente que existe relación entre los metros construidos y los útiles, pero, incluso aunque no se consideren los metros comunes, la relación puede variar. Se puede hacer una estimación de los metros construidos a partir de los útiles y en ese supuesto se incrementan los útiles entre un 10 y 15 por ciento en pisos, sin ser un cálculo exacto.

Los pisos bajos tienen más superficie ocupada por instalaciones y estructura que los altos, pues ambas van disminuyendo en sección al subir en altura. Esta sería por ejemplo una cuestión a tener en cuenta si intentamos deducir el total de metros construidos (los que determinan el valor) de un inmueble dentro de un bloque en altura.

Para saber los metros construidos debemos medir el perímetro de nuestra propiedad y determinar la superficie que engloban. Además se suman los metros de elementos comunes que estarán marcados por el coeficiente de participación que corresponda.





Las plazas de garaje tienen su coeficiente de participación cuando son propiedades independientes, pero también podrían considerarse como anejos a la vivienda, así como los trasteros, y participar del mismo coeficiente del piso. Se dan las situaciones de:
  • trasteros y plazas de garaje como propiedades independientes, con su propia cuota de participación
  •  trastero considerado anejo y garaje no
  • ambos, trastero y plaza de garaje como anejos (para que cuenten con la misma protección que las VPO deben de ser anejos).
En el artículo de Idealista.com al que remite el enlace siguiente, se habla de hasta cuatro cifras diferentes de metros construidos para un mismo inmueble. Según se obtengan del catastro, del registro de la propiedad, de los planos (la escritura de compra-venta debería coincidir con el registro) o del vendendor o representante.